Micelio

Artículo 2.3.1.2.1.17

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dotación Anual, Inicial y Adicional de Vestuario y Equipo. El Oficial o Suboficial en servicio activo, tendrá derecho a una partida anual de vestuario, así: Oficiales Generales y de Insignia el 47% del sueldo básico de un General; Oficiales Superiores el 55% del sueldo básico de un Coronel; Oficiales Subalternos el 45% del sueldo básico de un Coronel; Sargento Mayor; Suboficiales (SS., CP., CS.) el 66% del sueldo básico de un Sargento Mayor.

Esta partida es acumulable de un (1) año para otro, pero no es reconocible en dinero. El derecho a hacer uso de ella se pierde a partir de la fecha de la disposición que cause el retiro del servicio activo o la separación del Oficial o Suboficial.

(Decreto 989 de 1992 artículo 78)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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