Micelio

Artículo 1

Decreto 1640 de 1981 · por el cual se establece la planta de personal de la Caja de Previsión Social de la Superintendencia Bancaria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . Apruébase el Acuerdo número 018 del 1º de junio de 1981 de la Junta Directiva de la Caja de Previsión Social de la Superintendencia Bancaria y cuyo texto es el siguiente: "ACUERDO NUMERO 018 DE 1981 (junio 1º) por el cual se establece la planta de personal de la Caja de Previsión Social de la Superintendencia Bancaria. La Junta Directivade la Cajade Previsión Social de la Superintendencia Bancaria, en uso de susatribuciones legales y estatutarias, y CONSIDERANDO: Que por Acuerdo número 027 de noviembre de 1979 este organismo dispuso la reorganización, administrativa de la Caja de Previsión Social de laSuperintendencia Bancariafija las funciones de sus diversas dependencias; Que por Acuerdo número 028-A del 21 de octubre de 1980 Ia Junta modifica en algunas de sus partes el Acuerdo 027 de 1979 y determina la nueva estructura administrativa de Caja; Que el proyecto de modificaciones fue sometido a Ia revisión y aprobación de la Secretaría de Administración P0-blica de la Presidenciade la República, la cual emitió concepto favorable al mismo, de conformidad con el Decreto 146 de 1976, mediante oficio número 0868, del 15 de octubrede 1980. Que por Acuerdo número 031 del 17 de noviembre de 1980 se procedió a establecer la planta de personal adecuada a la nueva estructura administrativa de la entidad, la cual fue encontrada conforme por el Departamento Administrativo del Servicio Civil; Que no obstante, en acatamiento de recientes instrucciones del Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, relativas a la conveniencia de reducir el volumen de los gastos de funcionamiento, se ha creído pertinente disminuir el número de cargos previsto originalmente en el Acuerdo 031 de 1980, y modificar esta disposición, con el criterio de que, sin alterar sustancialmente la aplicación de la reforma administrativa ya aprobada ni los objetivos de la misma, se abstenga una razonable economía de costos en Ia nómina, de conformidad con las políticas gubernamentales trazadas en ese sentido, Acuerda:

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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