Micelio

Artículo 2.13.7.1.7

Derecho Del Obtentor

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derecho del obtentor . El obtentor de una variedad inscrita en el Registro Nacional de Variedades Vegetales Protegidas tendrá el derecho de impedir que terceros realicen sin su consentimiento los actos iniciados el artículo 24 de la Decisión 345 de 1993, respecto a las variedades protegidas y de las esencialmente derivada de la variedad protegida, salvo que esta sea a su vez una variedad esencialmente derivada. (Decreto número 533 de 1994, artículo 8°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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