Micelio

Artículo 33

La Hacienda Nacional En Cada Intendencia Queda Á Cargo De Un Administrador General, Á Quien Nombrará El Intendente

Decreto 392 de 1892 · En ejecución de la Ley 13 de 1892, sobre administración de los Territorios de San Martín y Casanare

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Hacienda nacional en cada Intendencia queda á cargo de un Administrador general, á quien nombrará el Intendente. En la Intendencia de Casanare habrá además, un Contador-Tenedor de libros, nombrado en la misma forma.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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