Micelio

Artículo 7

Ley 95 de 1948 · Por la cual se establecen unas exenciones en favor de la Empresa Siderúrgica Nacional de Paz de Río y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Banco de la República y los bancos comerciales podrán invertir hasta un diez por ciento (10%) de su capital y reserva legal en acciones de la clase "C" de la Empresa Siderúrgica Nacional de Paz de Río o en bonos del Instituto de Fomento Industrial, emitidos con destino a la financiación de aquella Empresa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 95 de 1948