Micelio

Artículo 1

El Ministro De Agricultura Y Comercio Formará Parte Del Consejo De La Economía Nacional, Ya Que Con Posterioridad A La Expedición De La Ley 23 De 1931 Fue Separado Del Ministerio De Industrias Ese Departamento Administrativo

Decreto 777 de 1935 · Por el cual se reglamenta la Ley 23 de 1931, orgánica del Consejo de la Economía Nacional

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Ministro de Agricultura y Comercio formará parte del Consejo de la Economía Nacional, ya que con posterioridad a la expedición de la Ley 23 de 1931 fue separado del Ministerio de Industrias ese Departamento Administrativo. Igualmente tendrá asiento en el Consejo con voz y voto el Gerente de la Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero, establecida después de la promulgación de la Ley citada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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