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Artículo 1

Modificar La Distribución Hecha En El Decreto Número 283 Del 20 De Febrero De 1967, En La Siguiente Forma: Presupuesto De Inversión

Decreto 919 de 1967 · Por el cual se modifica el Decreto número 283 de febrero 20 de 1967

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Modificar la distribución hecha en el Decreto número 283 del 20 de febrero de 1967, en la siguiente forma: PRESUPUESTO DE INVERSIÓN. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL CAPITULO 1071 Rama Técnica. A) Programas de Inversión Directa. Programa 1071. Construcción de edificios, pistas, rampas y hangares para el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea Colombiana. Inversión Directa. Recursos ordinarios. 564, 435. Artículo 10701. Construcción, terminación y ampliación de cuarteles, alojamientos, casinos, casas fiscales, escuelas, hospitales, pistas, rampas y hangares para el Ejército Nacional, la Armada Nacional y la Fuerza Aérea Colombiana, mediante distribución que hará el Gobierno por decretos especiales, previo estudio del Ministerio de Defensa, el Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección Nacional del Presupuesto, $ 5.000.000 Proyecto 1° Construcción de instalaciones y adaptación de los actuales Cuarteles del Batallón "Santander", con destino al Grupo de Caballería Mecanizado número 5 "Maza", en Cúcuta. 4.760.000 Proyecto 2. Terminación del edificio del Comando de la Escuela de Caballería en Bogotá. 240.000

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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