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Artículo 12

Funciones De La Secretaría General

Decreto 787 de 2015 · por el cual se establecen las funciones de la estructura interna de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Secretaría General. Son funciones de la Secretaría General, las siguientes

1.

Asesorar a la Dirección General en la formulación de políticas, planes y programas, en lo referente al desarrollo del talento humano, y en la administración de los recursos financieros, económicos y físicos de la Agencia y del Fondo Nacional de Seguridad Vial.

2.

Dirigir, coordinar y hacer seguimiento a la planeación, ejecución y control de la gestión administrativa y financiera de la Agencia y del Fondo Nacional de Seguridad Vial.

3.

Dirigir el desarrollo de los programas de administración de personal, bienestar social, seguridad industrial, salud ocupacional, selección, vinculación, capacitación, incentivos y desarrollo del talento humano de la Agencia, de conformidad con las políticas institucionales y la normativa vigente.

4.

Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la adquisición, almacenamiento, custodia, distribución e inventario de los elementos, equipos y demás bienes y servicios necesarios para el funcionamiento de la Agencia, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.

5.

Administrar los bienes muebles e inmuebles de la Agencia.

6.

Coordinar a la Oficina de Planeación y bajo los lineamientos de la Dirección General, junto con las demás dependencias de la Agencia, el anteproyecto de presupuesto y el programa anual mensualizado de caja, PAC, que deba adoptar la entidad y adelantar las acciones requeridas para su incorporación en el Presupuesto General de la Nación.

7.

Preparar y presentar los estados financieros, informes de ejecución presupuestal y evaluación financiera de la Agencia y los demás informes y análisis financieros que sean solicitados a la Entidad.

8.

Elaborar y actualizar periódicamente el reglamento de operación del Fondo Nacional de Seguridad Vial, de conformidad con las políticas y directrices del Consejo Directivo y el Director General de la Agencia.

9.

Planificar, dirigir y coordinar los procesos de contratación y suscripción de convenios que requiera la Agencia y el Fondo Nacional de Seguridad Vial.

10.

Organizar y coordinar la prestación de los servicios generales y demás que se requieran para el normal funcionamiento de la Agencia.

11.

Dirigir la identificación, el diseño y la implementación de soluciones tecnológicas acordes con las necesidades de la Agencia y velar por la operación, funcionalidad y seguridad de la información sistematizada.

12.

Coordinar las actividades de control interno disciplinario para el cumplimiento de lo señalado en la Ley 734 de 2002 y las normas que la modifiquen o adicionen y resolverlas en primera instancia.

13.

Coordinar, supervisar y controlar el sistema de gestión documental de la Agencia.

14.

Velar por la debida prestación del servicio al ciudadano y por la atención de quejas y reclamos que presenten los ciudadanos sobre el desempeño de las dependencias o personas que laboran en la Agencia.

15.

Liderar la debida aplicación del Sistema de Desarrollo Administrativo relacionado con las políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional, al interior de la Agencia.

16.

Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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