Micelio

Artículo 1

Ley 31 de 1944 · Por la cual se auxilia a los damnificados del incendio de Palestina, Caldas, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Votase la suma de diez mil pesos ($ 10.000.00) para reconstruir la casa cural y auxiliar a los damnificados en el incendio de Palestina, Caldas, sucedido el día 21 de agosto de 1942.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 31 de 1944