Articulo 3° Suspéndese especialmente la vigencia de los artículos 3°, 4° 8°, 9°, 12, 13 de la Ley 15 de 1946; 4°, 6°, 8° y 9° de la Ley 19 de 1946.
Decreto 3120 de 1950 →Vigente
Artículo 3
Suspéndese Especialmente La Vigencia De Los Artículos 3°, 4° 8°, 9°, 12, 13 De La Ley 15 De 1946; 4°, 6°, 8° Y 9° De La Ley 19 De 1946
Decreto 3120 de 1950 · por el cual se suspenden algunas disposiciones relativas al personal subalterno del Congreso, y se dictan otras sobre la materia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.