Dirección de Información Empresarial y Estudios Económicos y Contables. Asignar al Director de Información Empresarial y Estudios Económicos y Contables, además de las funciones señaladas en el artículo 15 del Decreto 1736 de 2020 y en esta resolución, las siguientes: 27.1 Ejecutar y hacer seguimiento a la política de supervisión en los asuntos de su competencia. 27.2 Proponer al Superintendente Delegado de Asuntos Económicos y Societarios, los eventos en los cuales procede ordenar la publicación de información financiera en un medio adicional al depósito en el registro mercantil, así como los casos en que se requiera la publicación de los estados financieros de periodo intermedio. 27.3 Proponer al Superintendente Delegado de Asuntos Económicos y Societarios las modificaciones a que haya lugar, para que la solicitud de la información empresarial pueda ser capturada de manera adecuada y aprovechada en debida forma, para la realización de los estudios económicos. 27.4 Proponer al Superintendente Delegado de Asuntos Económicos y Societarios, los formularios y parámetros para la solicitud y recepción de la información financiera de las sociedades supervisadas por parte de la Entidad y de los sujetos en insolvencia empresarial obligados a remitirla. 27.5 Coordinar el proceso de elaboración y preparación de los informes empresariales que servirán para la recepción de la información financiera y de los sujetos en insolvencia empresarial obligados a remitirla. 27.6 Ejecutar los lineamientos para el desarrollo de las herramientas tecnológicas y de información relacionadas con los asuntos económicos, contables, administrativos, jurídicos y financieros de los entes supervisados y de la información estadística de la Superintendencia. 27.7 Evaluar en conjunto con la Dirección de Tecnología de la Información y las Comunicaciones y las dependencias usuarias de la información, la viabilidad técnica y de impacto en la elaboración de nuevos formatos para el recibo de información empresarial y de los sujetos en insolvencia obligados a remitirla. 33/98 RESOLUCION 27.8 Autorizar la entrada o salida en funcionamiento de los tipos de informes o formularios. 27.9 Coordinar el proceso de recepción de información financiera solicitada o requerida a las sociedades obligadas a remitirla. 27.10 Ordenar la rectificación de los estados financieros o las notas que no se ajusten a las normas legales en los casos informados por el Grupo de Regulación e Investigación Contable. 27.11 Proponer al Superintendente Delegado de Asuntos Económicos y Societarios la muestra de Entidades que serán requeridas para el envío de información financiera, económica, jurídica o contable, según los lineamientos fijados por el Superintendente de Sociedades. 27.12 Dirigir el proceso de sanción por el no envío de la información financiera por parte de las sociedades supervisadas. 27.13 Diseñar alertas financieras, contables y jurídicas, entre otras, que permitan evaluar el cumplimiento de las normas societarias y de contabilidad en la presentación de la información financiera, individual y consolidada de las Entidades supervisadas, incluidas aquellas en trámite concursal en la Superintendencia de Sociedades. 27.14 Gestionar los aplicativos tecnológicos que administran los modelos de riesgo para la supervisión de las sociedades. 27.15 Proponer mecanismos para la medición, administración y cobertura de riesgos en el sector real. 27.16 Proponer, a partir de los informes nacionales, regionales, sectoriales y subsectoriales, medidas apropiadas para que las sociedades implementen acciones de gestión del riesgo empresarial. 27.17 Evaluar y presentar los análisis de la información recibida de los supervisados sobre buenas prácticas empresariales. 27.18 Efectuar contactos con otras Entidades para generar y administrar convenios de intercambio de información e investigación, con el objetivo de establecer agendas complementarias y conjuntas según las instrucciones impartidas por el Superintendente de Sociedades, o el Superintendente Delegado de Asuntos Económicos y Societarios. 27.19 Suscribir los actos administrativos que resuelvan los recursos de apelación o las solicitudes de revocatoria directa contra los actos administrativos proferidos por los coordinadores de los grupos a su cargo. 27.20 Resolver de oficio o a petición de parte sobre la pérdida de ejecutoria, apelación y solicitudes de revocatoria directa de los actos administrativos proferidos por la Dirección o de los proferidos por los Coordinadores de los grupos adscritos a la misma.
PARÁGRAFO. El Director de Información Empresarial y Estudios Económicos y Contables podrá asumir las funciones asignadas a las dependencias a su cargo.