Micelio

Artículo 3

El Resguardo Fluvial De Barranquilla Se Compondrá De Un Jefe Con Sueldo Mensual De Ciento Veinte Pesos ($ 120), Y Seis Guardas A Cincuenta Pesos ($ 50) Mensuales Cada Uno, Y Dependerá De La Intendencia Fluvial

Decreto 985 de 1926 · Por el cual se dictan algunas disposiciones en el ramo de Navegación Fluvial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Resguardo Fluvial de Barranquilla se compondrá de un Jefe con sueldo mensual de ciento veinte pesos ($ 120), y seis Guardas a cincuenta pesos ($ 50) mensuales cada uno, y dependerá de la Intendencia Fluvial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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