Micelio

Artículo 16

Decreto 2179 de 1992 · Por el cual se introducen algunas modificaciones al Estatuto Orgánico del Sistema Financiero

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adiciónase el artículo 1.3.1.3.4 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero con el siguiente

Parágrafo

"

Parágrafo

La Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, como condición para el desarrollo de su actividad aseguradora, deberá dar cumplimiento a las normas sobre margen de solvencia y patrimonio técnico mínimo establecidas para las demás entidades aseguradoras acreditando un patrimonio separado afecto a dicha actividad. "La actividad aseguradora de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, se efectuará en igualdad de condiciones respecto de las demás entidades aseguradoras".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2179 de 1992