Para los efectos del presente estatuto, los cargos directivos de los planteles educativos oficiales se definen de la siguiente manera: Director: es la cabeza o autoridad principal de su plantel de educación primaria. Subdirector: es la segunda autoridad de un plantel de educación primaria. Rector: es la cabeza o autoridad principal de un plantel de educación secundaria. Vicerrector: es la segunda autoridad académica - administrativa de un plantel de educación secundaria. Perfecto: es la autoridad de un plantel de educación secundaria, a cuyo cargo están la disciplina del plantel y control del cumplimiento de las obligaciones de los profesores.
De acuerdo con la clasificación dada por el Ministerio de Educación Nacional a los planteles educativos según las necesidades de cada categoría, dicho Ministerio que podrán ser ejercidos por la misma persona.