Micelio

Artículo 15

Ley 52 de 1918 · Que reforma la número 83 de 1915, sobre detención y libertad provisional y suspensión de condenas judiciales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Deróganse las siguientes disposiciones:

Los artículos 1563 y 1564 del Código Judicial; 341 y 350 de la Ley 105 de 1890 ; y 158, 159, 160 y 162 de la Ley 40 de 1907 ; 5° de la Ley 54 de 1913 ; 1° a 6°, 12 y 24 de la Ley 83 de 1915 ; quedan reformados el artículo 342 de la Ley 105 y el 16 de la Ley 83 citada, del mismo modo que todas las demás disposiciones que no armonicen con la presente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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