Micelio

Artículo 71

Derogado

Ley 90 de 1946 · Por la cual se establece el seguro social obligatorio y se crea el Instituto Colombiano de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

el instituto de seguros creados por esta ley tiene fines de servicio social y no de lucro para el estado o para la misma institución; su política de inversiones se someterá estrictamente a tales finalidades.

Parágrafo . el instituto no podrá destinar para gastos de administración más de un diez por ciento (10%) de acervo total de sus rentas y apropiaciones presupuestales. Vigente desde: 26/12/1946 y hasta el: 26/03/1971

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 90 de 1946