Micelio

Artículo 3

Comité Técnico

Decreto 279 de 2009 · por el cual se reglamenta el artículo 24 de la Ley 1285 de 2009 por medio de la cual se reforma la Ley 270 de 1996, Estatutaria de la Administración de Justicia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Comité Técnico. Confórmese un Comité Técnico integrado por los siguientes funcionarios

1.

El Viceministro de Justicia.

2.

El Vicepresidente de la Corte Constitucional.

3.

El Vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia.

4.

El Vicepresidente del Consejo de Estado.

5.

El Vicepresidente del Consejo Superior de la Judicatura.

Parágrafo

La participación de los miembros del Comité es indelegable.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 279 de 2009