Micelio

Artículo 161

Ley 95 de 1936 · Sobre Código Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El funcionario o empleado público o persona que transitoriamente desempeñe funciones públicas, que reciba indebidamente para sí o para un tercero, dinero o dádivas, o acepte promesas remuneratorias, directas o indirectas, por acta que deba ejecutar en el desempeño de sus funciones, incurre en prisión de seis meses a cuatro años.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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