Micelio

Artículo 25

: Cuando Se Practiquen Análisis Por Método Del Filtro De Membrana, Se Deberán Cumplir Las Siguientes Normas: 1

Decreto 2105 de 1983 · Por el cual se reglamenta parcialmente el título II de la Ley 09 de 1979 en cuanto a potabilización del agua.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

: Cuando se practiquen análisis por método del filtro de membrana, se deberán cumplir las siguientes normas

1.

La concentración promedia aritmética de las muestras analizadas mensualmente, no deberá ser superior a una 1 bacteria coliforme por 100 cm3 de agua.

2.

El número de colonias producidas por las bacterias coliformes en una muestra, no deberá exceder de 3 por 50 cm3 de agua, o de 4 por 100 cm3, o de 7 por 200 cm3, o de 13 por 500 cm3 en

a)

Dos muestras consecutivas;

b)

Más de una muestra, cuando se examinen menos de 20 mensuales;

c)

Más del 5% de las muestras, cuando se examinen 20 o más mensuales. En caso de que el número de colinias obtenido exceda los valores observados anteriormente, de inmediato deberán tomarse diariamente muestras para análisis en el mismo punto de recolección inicial hasta obtener resultados negativos en dos (2) muestras consecutivas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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