Micelio

Artículo 17

Decreto 1830 de 1966 · por el cual se reglamenta la educación de adultos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Núcleos Escolares están destinados a la educación de los jóvenes campesinos mayores de 15 años quienes reciben en uno o dos años la educación primaria acelerada y capacitación agropecuaria. Paralelamente al proceso de enseñanza, esta escuelas producen bienes de consumo, que les permite obtener ingresos económicos para financiar parcialmente sus programas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1830 de 1966