Micelio

Artículo 10

La Operación De Redes De Telecomunicaciones Que Utilicen Las Bandas De Frecuencias Atribuidas Al Servicio Móvil Aeronáutico (Or), Se Considerarán Actividades De Telecomunicaciones, Tendientes A Complementar Los Servicios Que Garanticen Un Sistema De Control De Tráfico Aéreo En Condiciones De Seguridad Y Confiabilidad

Decreto 1029 de 1998 · por el cual se reglamentan las telecomunicaciones del servicio móvil aeronáutico, y radionavegación aeronáutica.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La operación de redes de telecomunicaciones que utilicen las bandas de frecuencias atribuidas al servicio móvil aeronáutico (OR), se considerarán actividades de telecomunicaciones, tendientes a complementar los servicios que garanticen un sistema de control de tráfico aéreo en condiciones de seguridad y confiabilidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1029 de 1998