Artículo sexto. De la partida de doscientos mil pesos (200.000.00) apropiada en el Capítulo 280, artículo 2819 A del Presupuesto de la videncia fiscal en curso, para sueldos, adquisiciones de equipos, elementos y drogas, ampliaciones y reparaciones locativas gastos de sostenimiento pagos de servicio a jornal y por contrató, y demás gastos similares inherentes a la dotación y funcionamiento del Instituto de Investigación y Estudios Especiales sobre Dermatología y Lepra, según distribución que hará el Gobierno Nacional por Decreto separado hácese la siguiente distribución: CAPITULO 280 Artículo 2819-A. Clave económica Código de Oficina Ordinal 1° Para sueldos personal del Instituto de Investigaciones y Estudios Especiales sobre Dermatología y Lepra, durante cuatro (4) meses del presente año 42.840.00 Ordinal 2° Para cumplimiento de contrato sobre prestación de servicios técnicos necesarios para el desarrollo del Instituto, en la presente vigencia 18.000.00 Ordinal 3° Para viáticos y gastos de transporte del personal del Instituto y del personal contratado para servicios técnicos, en la presente vigencia 5.000.00 Ordinal 4° Para dotación, compra de equipos, instrumental, elementos de laboratorio, cirugía y demás gastos similares inherentes al funcionamiento del Instituto, en la presente vigencia 74.000.00 Ordinal 5° Para compra de muebles, enseres y equipos mecánicos de oficina, en la presente vigencia $ 9.000.00 Ordinal 6° Para construcciones, ampliaciones y mejoras locativas, en la presente vigencia $ 20.000.00 Ordinal 7° Para compra de vehículo destinado al servicio del Instituto 13.000.00 Ordinal 8° Para combustibles, lubricantes, grasas y demás gastos similares inherentes a este servicio, de los vehículos al servicio del Instituto, en la presente vigencia $ 500.00 Ordinal 9° Para reparaciones, conservación, aseguro, repuestos, impuestos, placas de vehículos al servicio del Instituto, en la presente vigencia Ordinal10. Para jornales y gastos de sostenimiento del Instituto, en la presente vigencia 14.000.00 Comuníquese y cúmplase.
Artículo 2819
A Del Presupuesto De La Videncia Fiscal En Curso, Para Sueldos, Adquisiciones De Equipos, Elementos Y Drogas, Ampliaciones Y Reparaciones Locativas Gastos De Sostenimiento Pagos De Servicio A Jornal Y Por Contrató, Y Demás Gastos Similares Inherentes A La Dotación Y Funcionamiento Del Instituto De Investigación Y Estudios Especiales Sobre Dermatología Y Lepra, Según Distribución Que Hará El Gobierno Nacional Por Decreto Separado Hácese La Siguiente Distribución: Capitulo 280 Artículo 2819-A
Decreto 2087 de 1956 · Por el cual se distribuye la apropiación global para el "Instituto de Investigación y Estudios Especiales sobre Dermatología y Lepra", y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.