Micelio

Artículo 2819

A Del Presupuesto De La Videncia Fiscal En Curso, Para Sueldos, Adquisiciones De Equipos, Elementos Y Drogas, Ampliaciones Y Reparaciones Locativas Gastos De Sostenimiento Pagos De Servicio A Jornal Y Por Contrató, Y Demás Gastos Similares Inherentes A La Dotación Y Funcionamiento Del Instituto De Investigación Y Estudios Especiales Sobre Dermatología Y Lepra, Según Distribución Que Hará El Gobierno Nacional Por Decreto Separado Hácese La Siguiente Distribución: Capitulo 280 Artículo 2819-A

Decreto 2087 de 1956 · Por el cual se distribuye la apropiación global para el "Instituto de Investigación y Estudios Especiales sobre Dermatología y Lepra", y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo sexto. De la partida de doscientos mil pesos (200.000.00) apropiada en el Capítulo 280, artículo 2819 A del Presupuesto de la videncia fiscal en curso, para sueldos, adquisiciones de equipos, elementos y drogas, ampliaciones y reparaciones locativas gastos de sostenimiento pagos de servicio a jornal y por contrató, y demás gastos similares inherentes a la dotación y funcionamiento del Instituto de Investigación y Estudios Especiales sobre Dermatología y Lepra, según distribución que hará el Gobierno Nacional por Decreto separado hácese la siguiente distribución: CAPITULO 280 Artículo 2819-A. Clave económica Código de Oficina Ordinal 1° Para sueldos personal del Instituto de Investigaciones y Estudios Especiales sobre Dermatología y Lepra, durante cuatro (4) meses del presente año 42.840.00 Ordinal 2° Para cumplimiento de contrato sobre prestación de servicios técnicos necesarios para el desarrollo del Instituto, en la presente vigencia 18.000.00 Ordinal 3° Para viáticos y gastos de transporte del personal del Instituto y del personal contratado para servicios técnicos, en la presente vigencia 5.000.00 Ordinal 4° Para dotación, compra de equipos, instrumental, elementos de laboratorio, cirugía y demás gastos similares inherentes al funcionamiento del Instituto, en la presente vigencia 74.000.00 Ordinal 5° Para compra de muebles, enseres y equipos mecánicos de oficina, en la presente vigencia $ 9.000.00 Ordinal 6° Para construcciones, ampliaciones y mejoras locativas, en la presente vigencia $ 20.000.00 Ordinal 7° Para compra de vehículo destinado al servicio del Instituto 13.000.00 Ordinal 8° Para combustibles, lubricantes, grasas y demás gastos similares inherentes a este servicio, de los vehículos al servicio del Instituto, en la presente vigencia $ 500.00 Ordinal 9° Para reparaciones, conservación, aseguro, repuestos, impuestos, placas de vehículos al servicio del Instituto, en la presente vigencia Ordinal10. Para jornales y gastos de sostenimiento del Instituto, en la presente vigencia 14.000.00 Comuníquese y cúmplase.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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