Micelio

Artículo 10

Decreto 396 De 1879

Decreto 9 de 1879 · Sobre emisión de Pagarés del Tesoro nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 10. ° La misma Tesorería sacará tambien a licitacion, en los primeros dias de cada mes, la cantidad en "Pagarés del Tesoro" que se determine por el Poder Ejecutivo, para amortizar con ellos los vales de 1° clase de que hablan los artículos 16 i 18 de la lei 67, de 4 de junio de 1877, sobre empréstitos, suministros i espropiaciones, siempre que los proponentes se sujeten a las condiciones del artículo anterior, consignado en dinero efectivo por préstamos al Gobierno el 30 por 100 sobre el valor de sus propuestas, recibiendo en "Pagarés" el importe de éstas i del dinero del préstamo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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