Micelio

Artículo 294

- Competencia Para La Liquidacion De Acuerdo Con Lo Dispuesto Por El Artículo 19 De La Ley 35 De 1993, A Partir De La Vigencia De Dicha Ley Es Competencia De Los Liquidadores Adelantar Bajo Su Inmediata Dirección Y Responsabilidad Los Procesos De Liquidación Forzosa Administrativa De Entidades Vigiladas Por La Superintendencia Bancaria

Decreto 663 de 1993 · por medio del cual se actualiza el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y se modifica su titulación y numeración

1 sentencia lo revisó
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

- COMPETENCIA PARA LA LIQUIDACION De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley 35 de 1993, a partir de la vigencia de dicha Ley es competencia de los liquidadores adelantar bajo su inmediata dirección y responsabilidad los procesos de liquidación forzosa administrativa de entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2000
    C-1370/00ConstitucionalidadINHIBITORIO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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