Artículo segundo. Los Rectores de los establecimientos reglamentarán, por resolución, los turnos de vacaciones de los profesores y personal administrativo, de manera que en cada turno salga solamente un empleado.
Decreto 1548 de 1960 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1548 de 1960 · por el cual se reglamentan los períodos de vacaciones del personal docente, administrativo y dicente de las Escuelas Vocacionales Agrícolas dependientes de la División de Educación Campesina.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.