Micelio

Artículo 5

Ley 13 de 1912 · que ordena hacer una edición completa de las leyes nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La publicación de que se trata quedara a cargo del Consejo de Estado, si se restableciere, y en su defecto, a cargo de la Comisión de Abogados, Auxiliares de los Ministerios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 13 de 1912