ARTICULO 5 o. Materias primas para la elaboración de fertilizantes . Sin perjuicio de lo ordenado por los artículos 424 y 424-1 del Estatuto Tributario, las materias primas químicas clasificables en los Capítulos 15, 25, 26, 28, 29, 31, 34, 38 y 39 que se empleen en la síntesis o elaboración de fertilizantes comprendidos en las partidas 31.01 a 31.05 del Arancel de Aduanas están excluidas del Impuesto sobre las Ventas, si se cumplen los requisitos establecidos en los artículos 2º. y 3º. de este Decreto, según corresponda. El visto bueno será otorgado por el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA.
Decreto 1747 de 1991 →Vigente
Artículo 5
O
Decreto 1747 de 1991 · por el cual se fijan condiciones para la exclusión del impuesto sobre las ventas para materias primas químicas utilizadas en la fabricación de medicamentos, plaguicidas y fertilizantes.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.