º. Cuando la Dirección General del Presupuesto Nacional consolide el Programa Anual Mensualizado de Caja con las solicitudes presentadas por los órganos, hará la verificación frente a las metas financieras y su respectiva mensualización. En caso de presentarse diferencias efectuará los ajustes necesarios para darles coherencia y los comunicará a los órganos respectivos y a la Dirección del Tesoro Nacional. La Dirección General del Presupuesto Nacional entregará el Programa Anual Mensualizado de Caja clasificado por secciones presupuestales, en el detalle del artículo anterior, a la Dirección del Tesoro Nacional, identificando en un documento anexo las unidades ejecutoras de las secciones que tengan pagador o tesorero independiente. Igualmente, le comunicará las modificaciones aprobadas durante la vigencia, para que efectúe los ajustes correspondientes.
Decreto 359 de 1995 →Vigente
Artículo 5
º
Decreto 359 de 1995 · por el cual se reglamenta la Ley 179 de 1994.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.