Micelio

Artículo 1.2.1.3.9

Concepto De Viabilidad

Decreto 1821 de 2020 · Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Regalías.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Concepto de viabilidad . La viabilidad se refiere a la certificación escrita, expedida por el representante legal de la persona jurídica de derecho privado, en la que manifiesta que el proyecto formulado y estructurado acredita el cumplimiento de las condiciones y criterios jurídicos, técnicos, financieros, ambientales y sociales requeridos por las normas vigentes, las metodologías expedidas por el Departamento Nacional de Planeación y los requisitos que adopte la Comisión Rectora. El documento de viabilidad en mención debe ser tenido en cuenta por la instancia encargada de emitir la viabilidad, que corresponda de acuerdo con la normativa vigente. Cuando se trate de proyectos de impacto regional, la viabilidad de los proyectos de inversión implicará la verificación del cumplimiento de las condiciones dispuestas por el Artículo 46 de la Ley 2056 de 2020.

Parágrafo transitorio

Entre tanto la Comisión Rectora adopta los requisitos para viabilizar y priorizar los proyectos de inversión financiados a través de recursos del Sistema General de Regalías, la persona jurídica de derecho privado atenderá los que se encuentren vigentes a 31 de diciembre de 2020 que serán publicados por el Departamento Nacional de Planeación en su página web. TÍTULO 2 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS DE ADMINISTRACIÓN Y DECISIÓN (OCAD) PARA LA ASIGNACION REGIONAL EN CABEZA DE LAS REGIONES CAPÍTULO 1 NATURALEZA, FUNCIONES, DESIGNACIÓN Y ELECCIÓN

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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