El Tribunal Administrativo del Chocó, cuyos Magistrados designará el Consejo de Estado, tendrán el siguiente personal y asignaciones mensuales: Cada uno. Tres Magistrados, a $ 406.25 Un Secretario, con 297.50 Un Portero Escribiente, con 178.12
Decreto 60 de 1948 →Vigente
Artículo 19
El Tribunal Administrativo Del Chocó, Cuyos Magistrados Designará El Consejo De Estado, Tendrán El Siguiente Personal Y Asignaciones Mensuales: Cada Uno
Decreto 60 de 1948 · Por el cual se reglamenta la Ley 13 de 1947, que crea el Departamento del Chocó
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.