Micelio

Artículo 13

Promoción Apoyo De La Lactancia Materna En El Entorno Laboral

Ley 2458 de 2025 · por medio de la cual se establecen medidas orientadas a fortalecer la comunidad lactante, la promoción de la lactancia materna en el territorio nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno nacional por intermedio de los Ministerios de Salud y Protección Social y el Ministerio del Trabajo en articulación con las entidades Promotoras de Salud o quien haga sus veces, Cajas de Compensación Familiar, las Administradoras de Riesgo Laboral y demás actores responsables promoverán, protegerán y apoyarán a nivel público y privado la lactancia materna en el entorno laboral, mediante capacitaciones o difusión de información a través de los diferentes canales de comunicación a sus empleados, proveedores o clientes, a efectos de lograr un proceso de mejora continua para proteger y promover la salud y el bienestar de todos los trabajadores y la sustentabilidad del ambiente de trabajo.

Parágrafo

La promoción a que hace referencia este artículo, deberá incluir información sobre salas amigas de la lactancia materna, las redes de apoyo de la comunidad lactante y grupos de apoyo de la lactancia materna.

Sin perjuicio de lo establecido frente al descanso remunerado durante la lactancia en la Ley 2306 de 2023 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2458 de 2025