Artículo único. Apruébanse los estatutos del Instituto Nacional de Abastecimientos, adoptados por la Junta Directiva en sus sesiones de 10 y 17 de octubre de 1957 y 27 de febrero del año en curso, que son del tenor siguiente: CAPITULO I Nombre, organización y domicilio.
Decreto 617 de 1958 →Vigente
Artículo 1
Decreto 617 de 1958 · Que aprueba nuevos estatutos para el Instituto Nacional de Abastecimientos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.