Micelio

Artículo 8

O

Decreto 2320 de 1995 · por medio del cual se reglamenta parcialmente el artículo 205 de la Ley 100 de 1993.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

o . Cobro ante el Fondo de Solidaridad y Garantía. Las entidades de que trata el presente decreto que no hayan reportado el valor total del recaudo efectivo correspondiente a las cotizaciones y el valor a compensar, dentro de los plazos fijados en los artículos precedentes, no podrán acceder a los recursos que le corresponderían por la diferencia entre los ingresos por cotización y las UPC y demás pagos establecidos en el artículo 204 de la Ley 100 de 1993 sin perjuicio de las sanciones que le sean aplicables. En todo caso las entidades deberán remitir la información al Fondo de Solidaridad y Garantía tan pronto disponga de ella.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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