° El presente Decreto regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial Comuníquese y publíquese.
Decreto 835 de 1913 →Vigente
Artículo 2
El Presente Decreto Regirá Desde La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial Comuníquese Y Publíquese
Decreto 835 de 1913 · Por el cual se delega una facultad ejecutiva al Gobernador del Departamento de Bolívar, en el ramo de Lazaretos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.