De la División de Seguridad Rural. Corresponde a la División de Seguridad Rural desarrollar las siguientes funciones
Presentar a la Dirección Central de Inteligencia para su estudio, planes para prevenir y reprimir el abigeato y para la protección de las laborea agropecuarias en todo el territorio nacional.
Colaborar con las autoridades competentes para la vigilancia y control del contrabando de ganado.
Mantener enlace con las entidades oficiales y particulares y con las organizaciones gremiales campesinas de toda índole para facilitar el cumplimiento de las disposiciones que regulan las explotaciones agropecuarias y la conservación de los recursos naturales.
Controlar la efectiva y adecuada utilización de los sistemas y medios de registro de propiedad de semovientes que determinen las autoridades competentes.
Ejercer funciones de Policía Judicial, Orden Público, Extranjería y Técnica Criminalística e Identificación, de acuerdo con la reglamentación general del Departamento, en aquellas regiones del país donde sólo opere el servicio de seguridad rural.
Presentar a la consideración de la Dirección Central de Inteligencia planes de distribución de personal de seguridad rural en el territorio nacional, conforme a las necesidades de cada región.
Presentar a la Dirección Central de Inteligencia programas de seguridad rural y controlar su ejecución.
Cumplir con las comisiones que impartan las autoridades competentes cuando se refieran a las necesidades de la investigación en asuntos de su competencia.
Organizar y dirigir el funcionamiento del archivo de la División. G. SECCIONALES