Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS. CAPITULO 541. Departamento Nacional de Aeronáutica Civil. 003. Del artículo 5497. Para gastos extraordinarios e imprevistos, y gastos menores no contemplados en los artículos precedentes, en la presente vigencia y anteriores $ 10.000.00 Suman los contracréditos $ 10.000.00 CAPITULO 541 Departamento Nacional de Aeronáutica Civil. 001. Al artículo 5492. Para pago de jornales 2 obreros que requiera el Departamento Nacional de Aeronáutica Civil en la presente vigencia y anteriores $ 10.000.00 Suman los créditos $ 10.000.00
Decreto 143 de 1956 →Vigente
Artículo 5497
Para Gastos Extraordinarios E Imprevistos, Y Gastos Menores No Contemplados En Los Artículos Precedentes, En La Presente Vigencia Y Anteriores $ 10
Decreto 143 de 1956 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Obras Públicas)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.