Artículo décimoquinto. Corresponde a la Sección de Personal
Organizar los prontuarios del personal del Ministerio y del Servicio Exterior, con todas las anotaciones de ingreso, tiempo de servicio, categoría, traslados, etc.
Llevar los libros de registro e inscripción en la Carrera Diplomática, y los de posesión de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio Diplomático y Consular.
Tramitar todo lo relativo a vacaciones, licencias, solicitudes de ascenso y jubilaciones.
Organizar las tablas referentes a los costos y tiempo de los viajes entre Colombia y los lugares donde mantenga oficinas diplomáticas o consulares a efecto de calcular los viáticos y sueldos en viaje.
Entenderse con todo lo relacionado con las prestaciones sociales o asistencia médica para el personal del Ministerio.
Velar por la asistencia puntual de los empleados del Ministerio al desempeño de sus funciones, y por la correcta, eficaz y eficiente prestación de sus servicios e informar al Secretario General acerca de toda irregularidad que observe en el particular, para que tal funcionario provea lo conducente a corregirla.