Las tramitaciones especiales que se hallen en otros Códigos deben aplicarse de preferencia, llenando vacíos, al prudente juicio del Juez, con disposiciones del presente.
Demanda en general.
Ley 103 de 1923 · Sobre Organización Judicial y Procedimiento Civil
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Las tramitaciones especiales que se hallen en otros Códigos deben aplicarse de preferencia, llenando vacíos, al prudente juicio del Juez, con disposiciones del presente.
Demanda en general.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.