Micelio

Artículo 2.4.2.1.6

Junta Asesora

Decreto 2555 de 2010 · por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Junta Asesora . Dentro de los seis (6) días hábiles siguientes al inicio de la publicación del inventario de pasivos y exigibilidades, el Agente Especial citará a la Junta Asesora compuesta por cinco (5) miembros la cual se conformará de la siguiente forma

a)

Dos acreedores cuyos créditos vigentes sean los de mayor cuantía.

b)

Dos designados por el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas (Fogacoop) o la Superintendencia de la Economía Solidaria cuando se trate de cooperativas no inscritas en el Fondo, elegidos entre los depositantes y ahorradores, de acuerdo con el procedimiento que para el efecto determine la respectiva entidad.

c)

Un tercer miembro que represente a los acreedores minoritarios el cual será elegido por el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas (Fogacoop) o la Superintendencia de la Economía Solidaria cuando se trate de Cooperativas no inscritas en el Fondo, elección que se determinará de acuerdo con el procedimiento que para el efecto fije la respectiva entidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2555 de 2010