Autorízase a la Empresa de Energía Eléctrica de Medellín para suscribir en acciones de la sociedad que se constituya para la construcción de la central hidroeléctrica del Suroeste de Antioquia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley 115 de 1941 , el total de lo que dicha empresa tiene invertido en los estudios de la proyectada central, estudios llevados a cabo en desarrollo del contrato celebrado entre la Nación y el Municipio de Medellín.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.