°. Este Decreto regirá desde la fecha. Comuníquese y publíquese.
Decreto 323 de 1951 →Vigente
Artículo 2
Este Decreto Regirá Desde La Fecha
Decreto 323 de 1951 · Por el cual se reglamentan la Ley 97 de 1938, y el artículo 15 del Decreto extraordinario número 1157 de 1940
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.