Articulo 6.º El Ministerio de Educación Nacional reglamentará por medio de resoluciones la forma como deba hacerse la inspección de conformidad con lo dispuesto en el presente Decreto. Comuníquese y publíquese.
Decreto 620 de 1936 →Vigente
Artículo 6
El Ministerio De Educación Nacional Reglamentará Por Medio De Resoluciones La Forma Como Deba Hacerse La Inspección De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Presente Decreto
Decreto 620 de 1936 · Por el cual se reglamentan las funciones de los Inspectores Nacionales de Educación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.