Micelio

Artículo 20

La Junta Directiva Estará Integrada Por El Ministro De Trabajo Y Seguridad Social, O Su Delegado, Quien La Presidirá; Por Dos Miembros Designados Por El Presidente De La República, Con Sus Respectivos Suplentes: Por Dos Representantes Del Servicio Nacional De Aprendizaje, Sena, Dada Su Calidad De Socio Mayoritario, Y Sus Respectivos Suplentes, Y Por Un Representante De Los Socios Que Ostentares El Carácter De Minoritarios Y Su Respectivo Suplente

Decreto 2910 de 1977 · Por el cual se aprueba los estatutos de la Empresa Constructora Didáctica Ltda.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La junta directiva estará integrada por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, o su delegado, quien la presidirá; por dos miembros designados por el Presidente de la república, con sus respectivos suplentes: por dos representantes del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, dada su calidad de socio mayoritario, y sus respectivos suplentes, y por un representante de los socios que ostentares el carácter de minoritarios y su respectivo suplente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2910 de 1977