La actuación que adelanten en papel común los funcionarios investidos de jurisdicción coactiva, deberá ser revalidada por el ejecutado vencido, mediante el pago de la cuantía señalada en el retículo anterior.
Decreto 2908 de 1960 →Vigente
Artículo 27
La Actuación Que Adelanten En Papel Común Los Funcionarios Investidos De Jurisdicción Coactiva, Deberá Ser Revalidada Por El Ejecutado Vencido, Mediante El Pago De La Cuantía Señalada En El Retículo Anterior
Decreto 2908 de 1960 · Por medio del cual se expiden normas sobre impuestos de timbre nacional y papel sellado. (segunda publicación)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.