Micelio

Artículo 22

De Los Empleos Del Nivel Técnico

Decreto 682 de 1996 · por el cual se establecen las funciones generales y los requisitos mínimos para los empleos de la Procuraduría General de la Nación y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De los empleos del nivel técnico. Serán requisitos mínimos para el desempeño de los empleos del nivel técnico, los siguientes: Grados Requisito mínimo 10 al 12 Aprobación de dos (2) años de educación superior y un (1) año de experiencia. 13 y 14 Título de formación técnica profesional y un (1) año de experiencia; o terminación y aprobación de formación tecnológica; o terminación y aprobación de tres (3) años de formación universitaria o profesional. 15 y 16 Título de formación técnica profesional y dos (2) años de experiencia; o título de formación tecnológica; o terminación y aprobación de tres (3) años de formación universitaria o profesional y un (1) año de experiencia. 17 Título de formación técnica profesional y tres (3) años de experiencia; o título de formación tecnológica y un (1) año de experiencia; o terminación y aprobación de formación universitaria o profesional

Parágrafo

En este nivel sólo podrá compensarse hasta dos (2) de los años de estudio exigidos para el correspondiente grado salarial, y en todo caso, los estudios que se exijan deberán referirse a una misma disciplina académica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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