Contabilidad. La contabilidad de la Unidad para la Atención de Asuntos Indígenas, será llevada por un funcionario del Ministerio de Gobierno, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. El Jefe de la División Financiera y de Presupuesto del Ministerio de Gobierno, utilizará para el cumplimiento de sus funciones, los registros presupuestales que lleve el Ministerio de Gobierno, conforme a las normas vigentes.
Decreto 1364 de 1992 →Vigente
Artículo 12
Contabilidad
Decreto 1364 de 1992 · por el cual se reglamentan los artículos 19 y 25 de la Ley 52 de 1990, la cual crea una Unidad Técnica Administrativa de carácter Especial, denominada "Unidad para la Atención de Asuntos Indígenas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.