Articulo 1° El personal de profesionales de que trata el artículo 11 del Decreto-ley número 2339 de 1971, Técnicos en Presupuesto y Contabilidad, Analistas de Sistemas y Programadores de Equipos de Sistematización, que presten sus servicios en la Oficina de Planeación, la División de Sistematización y División de Finanzas del Ministerio de Defensa Nacional, se regirán por la escala de remuneración y nomenclatura establecida en los Decretos-leyes números 1912 de 1973 y 174 de 1975 y demás disposiciones que los adicionan o modifican, sin perjuicio de los demás derechos que les correspondan como empleados del Ministerio de Defensa Nacional.
Artículo 1
El Personal De Profesionales De Que Trata El Artículo 11 Del Decreto-Ley Número 2339 De 1971, Técnicos En Presupuesto Y Contabilidad, Analistas De Sistemas Y Programadores De Equipos De Sistematización, Que Presten Sus Servicios En La Oficina De Planeación, La División De Sistematización Y División De Finanzas Del Ministerio De Defensa Nacional, Se Regirán Por La Escala De Remuneración Y Nomenclatura Establecida En Los Decretos-Leyes Números 1912 De 1973 Y 174 De 1975 Y Demás Disposiciones Que Los Adicionan O Modifican, Sin Perjuicio De Los Demás Derechos Que Les Correspondan Como Empleados Del Ministerio De Defensa Nacional
Decreto 1378 de 1975 · Por el cual se incorpora a la Escala de Clasificación y Remuneración de que tratan los Decretos-leyes números 1912 de 1973 y 174 de 1975, a unos empleados del Ministerio de Defensa Nacional
El texto del artículo
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Historia constitucional
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