Artículo cuarto. El Gobierno Nacional, por intermedio del Ministerio de Obras Públicas, con ocasión de la misma efemérides y para regular las mareas interiores, rectificará y saneará, previos los estudios de factibilidad y de costos, los caños interiores de la ciudad de Cartagena.
Ley 55 de 1981 →Vigente
Artículo 4
Ley 55 de 1981 · por la cual la Nación rinde homenaje al fundador de Cartagena, don Pedro de Heredia, con motivo de los cuatrocientos cincuenta años de su fundación y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.