Son funciones de la División de vigilancia de Notariado y de Registro del Estado civil de las Personas
Ejercer la vigilancia y control sobre el cumplimiento de las normas legales que reglamentan los servicios de notariado y de registro del estado civil de las personas, y la adecuada prestación de estos;
Programar, en coordinación con la Secretaria General, las visitas a las notarias y elaborar los manuales reglamentarios de tales diligencias;
Dirigir las visitas que deban practicarse;
Analizar los informes de visita, evaluar sus resultados y sugerir las medidas pertinentes;
Adelantar los procesos disciplinarios de los notarios y de sus empleados;
Vigilar el cobro de derechos por la prestación de los servicios de notariado;
Supervisar la administración de las notarias intervenidas;
Supervisar las relaciones laborales de los empleados de las notarias para comprobar que se ajustan a las normas vigentes;
Investigar de oficio o a solicitud de parte las conductas de los funcionarios encargados del registro del estado civil de las personas, por los procedimientos establecidos en la ley;
Atender las quejas que se presenten;
Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.