° Los Gobernadores, Intendentes, Comisarios y Alcaldes Municipales prestarán a la Contraloria General de la República todo el concurso que sea necesario para obtener el mejor éxito en el levantamiento del Censo Industrial en su respectivo territorio y procederá a imponer a todos los empleados de su dependencia las obligaciones de que trata este Decreto. Comuníquese y publíquese.
Decreto 85 de 1945 →Vigente
Artículo 6
Los Gobernadores, Intendentes, Comisarios Y Alcaldes Municipales Prestarán A La Contraloria General De La República Todo El Concurso Que Sea Necesario Para Obtener El Mejor Éxito En El Levantamiento Del Censo Industrial En Su Respectivo Territorio Y Procederá A Imponer A Todos Los Empleados De Su Dependencia Las Obligaciones De Que Trata Este Decreto
Decreto 85 de 1945 · Por el cual se dictan algunas disposiciones relativas al levantamiento del primer Censo Industrial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.